jueves, 26 de septiembre de 2013

Las claves del e-commerce

Te explicamos las principales novedades de las nuevas reglas de juego del comercio electrónico que serán de obligado cumplimiento el próximo año y que exigen más transparencia en los procedimientos de compra.
Julio Fernández 22/08/2013
e-commerce
El próximo año, el comercio electrónico en la Unión Europea tiene unas nuevas reglas de juego que afectan particularmente a los procedimientos de compra online. El objetivo es aumentar el nivel de protección de los consumidores y armonizar el derecho a la venta a distancia. Entre otros aspectos, se incrementa la información previa en los contratos online, se fijan nuevos plazos de devolución y se regulan los costes de envío.
Te explicamos las principales novedades de las nuevas reglas de juego del comercio electrónico que serán de obligado cumplimiento el próximo año y que exigen más transparencia en los procedimientos de compra.
El 13 de junio de 2014 entrará en vigor la nueva regulación del comercio electrónico en España, fruto de la trasposición de la Directiva comunitaria 2011/83/UE. En ese proceso ya conocemos cómo será el nuevo entorno del e-commerce, gracias al anteproyecto de reforma de la Ley General de Consumidores y Usuarios, aprobado en Consejo de Ministros. “Mediante esta reforma se aumenta el nivel de protección de los consumidores y se armoniza el derecho a la venta a distancia de los Estados miembros”, resume Rafael Gómez-Lus, experto  de Trusted Shops para España, sello de calidad para la compra online segura, que nos a guiará por este escenario.
Será obligatorio indicar las modalidades de pago y las restricciones de suministro
Más información previa.  Se incrementa la información previa que hay que facilitar a los consumidores en los contratos a distancia y fuera del establecimiento del empresario. Nace también una nueva definición de establecimiento comercial y de contrato a distancia (ver recuadros).
Plazo de desistimiento. Se fija para todos los Estados miembros un plazo de 14 días naturales para que los consumidores ejerzan el derecho de desistimiento. También se introduce un nuevo modelo informativo para ejercer ese derecho (que podrá ser online) y se crea un nuevo formulario de devolución (debe facilitarse con la información previa al contrato).
Costes de envío. En caso de envío, tendrás que reembolsar al comprador esos costes, siempre que la modalidad de entrega sea la ordinaria.   
Cargas encubiertas. A partir de 2014 el consumidor ha de otorgar de forma expresa su consentimiento para todo pago adicional a la obligación contractual inicial.
Control de las líneas de atención al cliente. A la hora de contratar un producto o servicio a través del teléfono, el cliente no estará obligado a pagar más de la tarifa básica.
Y además
  • En los contratos a distancia, será necesario indicar con claridad en el botón de pedido de tu e-commerce la obligación de pago que asume el cliente en el contrato. ¿Cómo? Por ejemplo, con una pastilla que ponga ‘Comprar ahora’ o ‘Pedido con obligación de pago’, recomienda Trusted Shops.
  • También será obligatorio indicar las modalidades de pago y si se aplica alguna restricción de suministro al inicio del procedimiento de compra online. Además, el consumidor, al efectuar el pedido, deberá confirmar expresamente que es consciente de que dicho pedido implica, en su caso, una obligación de pago.
  • En las llamadas telefónicas, si el empresario llama al consumidor para celebrar un contrato a distancia, deberá revelar, al inicio de la conversación, su identidad y objetivo comercial.
Fuente: Emprendedores.es

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